jueves, 1 de diciembre de 2011

Decreto 97 modifica Decreto 594 en lo que se refiere a radiación UV

Gran parte de la gestión preventiva se realiza por la adopción de medidas técnicas y administrativas, con base en normas y leyes que juegan un papel primordial como confirmación de la gravedad o necesidad de control de un riesgo como ocurrió con la radiación solar que hasta hace un año atrás, si consideramos el momento de publicación del Decreto 97 o hace dos meses si tomamos en cuenta su efecto, al modificar el Decreto supremo 594 sobre condiciones sanitarias y ambientales básicas en los lugares de trabajo, reescribiendo el artículo 109 que no aclaraba que los límites permisibles allí estipulados correspondían a fuentes artificiales de radiación UV, como a la que se esta expuesto en trabajos de soldadura o iluminación.

Agregando tres nuevos artículos 109a, 109b, 109c:

El 109ª Establece a quien considera expuestos la radiación UV solar, agregando las fechas en que debemos considerar al trabajador expuesto a radiación, entre el 1 de Septiembre hasta el 31 de marzo para los sometidos a luz directa del sol y para los que desempeñan habitualmente funciones bajo el sol con un índice igual o superior a 6.

El 109b La obligación del empleador de adoptar medidas de control especificándolas en 5 puntos:

1ª Informar en los términos enunciados por este documento:

"La exposición excesiva y/o acumulada de radiación ultravioleta de fuentes naturales o artificiales produce efectos dañinos a corto y largo plazo, principalmente en ojos y piel que van desde quemaduras solares, queratitis actínica y alteraciones de la respuesta inmune hasta fotoenvejecimiento, tumores malignos de piel y cataratas a nivel ocular."

Definiciones para su mejor comprensión:

Queratitis actinica

Es una pequeña área elevada y áspera que se presenta en la piel que ha estado expuesta al sol durante un período de tiempo prolongado, generalmente se encuentra en la cara, el cuero cabelludo, el dorso de las manos, el pecho u otras áreas expuestas al sol.

Pueden ser de color gris, rosado, rojo o del mismo color de la piel. Con frecuencia, tienen una escama amarilla o blanca en la parte superior.

Comienzan como áreas planas y escamosas.

Posteriormente desarrollan una superficie dura, verrugosa o arenosa, áspera y con aspecto de "papel de lija".

Debido a que aproximadamente el 5% de las queratitis actínicas continúan hasta transformarse en cáncer de piel, por lo que se debe procurar el control oportuno.

Fotoenvejecimiento

Es una combinación de cambios en la piel producida por la exposición abusiva y sin protección al sol. Se caracteriza por la aparición de arrugas antes de tiempo, flacidez y manchas en las zonas que más se exponen: Cara, cuello, manos y escote especialmente en las mujeres.

Catarata Ocular
Es una opacidad del lente (cristalino) del ojo, el cual normalmente es claro y transparente y se vuelve opaco y blanquecino, produciendo problemas de visión, inicialmente con la percepción de la luz y los colores.
2ª Publicar en forma diaria el índice UV publicado por la Dirección Meteorológica de Chile
Y aplicar las instrucciones asociadas a cada índice en cuanto a exposición y elementos de protección.

Recordemos que esta escala o índice fue desarrollada por la WHO, World Health Organizatión, y establecida para indicar el índice de potencial de daño, en una escala que va desde el índice 0 a 11+, de “Bajo” a “Extremo” índices acompañados por las recomendaciones de protección pertinentes.

3ª Identificación de los trabajadores expuestos y medidas de control de para disminuir la exposición directa como sombraje o rotación de personal.

4ª Mantener un programa de instrucción sobre radiación UV, consecuencias para la salud, medidas y preventivas.

5ª Los establecimientos asistenciales deberán informar los casos de eritema y quemadura solar por causa u ocasión de trabajo al Seremi de Salud correspondiente el último día hábil de abril de cada año.

Si bien este Decreto supone un avance. El fijar fechas donde el trabajador se supone expuesto, no parece ser lo mejor, sobre todo considerando que el clima no es algo realmente predecible y el sol y su radiación están presentes todo el año, al igual que el deterioro progresivo de la capa de ozono, única protección de la atmósfera al los rayos UV. Sí a esto agregamos el conocido efecto acumulativo de la radiación UV, las recomendaciones deberían extenderse a todo el año. En cuando a la declaración del daño para el organismo, esta resulta un tanto escueta ya que el daño establecido para los ojos según la Sociedad Chilena de Oftalmología y la Unitedhealthcare vision es la que se detalla:

En la Cornea: Queratitis superficial, esta lesión de la cornea provoca fotofobia y una sensación de arenilla dentro de los ojos. Este cuadro puede evitarse usando las gafas protectoras correspondientes.

En la Conjuntiva: Sobre esta capa superficial del ojo, la radiación UV pueden causar un Pterigion, que es una membrana vascularizada que invade la cornea y progresa hacia la pupila, o una Pingüecula, lesión de color amarillento cerca de la cornea. Diversas investigaciones afirman que los rayos UVA y UVB son causantes de estas lesiones.

En el Cristalino: Las Cataratas (Opacamiento del Cristalino), son originadas por los rayos UVB. Las evidencias epidemiológicas acerca de la relación causal entre los rayos UV y Catarata, hoy permiten asegurar que la protección contra estos rayos no sólo es conveniente, sino necesaria para evitar el desarrollo de cataratas en la vejez.

En la Retina: A pesar de que el cristalino y el epitelio pigmentario protegen en gran medida a la retina, hay radiaciones que la afectan provocando la destrucción de sus receptores de luz.

Además de la radiación proveniente directamente del sol debemos cuidar las superficies que rodean al trabajador y que son capaces de reflejar luz. Como el cemento, vidrios, cerámicas,agua, nieve,etc., que son capaces de reflejar más del 18% de la radiación que reciben.

Hoy la radiación UV (entre los 100 nm y los 400 nm) llega a la superficie terrestre provocando daño ocular que puede ser evitado con el uso de lentes de seguridad cuya protección puede alcanzar el 100%

Las zona que cubren las gafas, son áreas de difícil aplicación de protector solar, con lo que también, se previene la afección del sol en el contorno del ojos. (Eritema, quemaduras, envejecimiento prematuro y cáncer)
El informe técnico de exposición laboral del ISP del 2007, establece entre los daños producidos por la radiación UV efectos sobre el sistema inmunológico, aumentando el riesgo de infecciones virales, bacterianas, parasitarias, fúngicas y favorecer el desarrollo de cáncer.

Al evaluar este riesgo se debe considerar que el Decreto 109, sobre calificación y evaluación de los accidentes del trabajo y enfermedades profesionales, reconoce el cáncer cutáneo, como una enfermedad profesional que puede ser producida por la exposición a agentes físicos, como la radiación UV. (Art.19 y 23)

Es nuestra responsabilidad implementar la mejor forma de comunicar; Informada, completa, oportuna y convenientemente al trabajador.

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